Ambulancias, bomberos, policías, autoridades judiciales y vehículos militares. No pagan ningún peaje cuando acceden a las autopistas en acto de servicio, así lo garantiza el Gobierno.

El Ministerio de Fomento, a través de su página de Twitter, ha intervenido en el conflicto de las ambulancias con las concesionarias, para especificar que no ve razón de ser en la supuesta interpretación de la Ley de Carreteras a la que aluden las concesionarias para seguir cobrando peajes a las ambulancias.

En Galicia y Asturias las concesionarias de las autopistas de peaje han mantenido durante años un tira y afloja respecto a si las ambulancias deben pagar por usar sus infraestructuras. Aunque la ley es bastante clara en este sentido, varias asociaciones de empresarios de Galicia y Asturias llevan tiempo denunciando el desorbitado gasto que enfrentan por cruzar la barrera de algunos peajes.

Ambulancias, bomberos, policías, autoridades judiciales y vehículos militares. No pagan ningún peaje cuando acceden a las autopistas en acto de servicio. Así lo garantiza el Gobierno porque así lo establecen: La Ley de Carreteras 37/2015 del 29 de septiembre en su artículo 23. La sentencia del Tribunal Supremo del 6 de junio de 2006. Y así lo ratificó el Consejo de Ministros en un acuerdo aprobado el 24 de agosto de 2018. La concesionaria y los responsables de gestionar los servicios de ambulancias están obligados, como no puede ser de otra manera, a cumplir la ley”, explicaba el tweet de Fomento.

 

 

Fuente: https://www.serviciosemergencia.es/