BASTA YA DE LOS CONTRATOS EN PRÁCTICAS.

Esta recogida de firmas es iniciada por (ASONTES)  Asociación Nacional de Técnicos en Emergencias Sanitarias.

 

Puedes apoyar la iniciativa en: https://www.change.org/p/ministerio-de-empleo-y-seguridad-social-eliminaci%C3%B3n-del-contrato-en-practicas-y-denuncia-del-abuso-existente?recruiter=735250694&utm_source=share_petition&utm_campaign=psf_combo_share_initial&utm_medium=whatsapp&utm_content=washarecopy_13889530_es-ES%3Av3&recruited_by_id=82f74190-5354-11e7-b30d-69fcd4ea5746&share_bandit_exp=initial-13889530-es-ES&share_bandit_var=v0

Pero nosotros no somos los únicos que reivindicamos este cambio, sabemos que muchos compañeros de otras asociaciones, sindicatos, plataformas de colectivos y ciudadan@s están aportando su grano de arena y el nuestro es esta recogida de firmas para decir BASTA YA!

Pedimos a todos los compañeros que tomen esta iniciativa como si fuera de ellos mismos, ya no se trata de colores o clases se trata de derechos laborales, sociales y morales.

Demostremos la fuerza que puede tener este colectivo tan dormido pero tan fuerte y con ganas de avanzar.

    Pedimos a otros colectivos la colaboración y divulgación de esta iniciativa.

         Esta recogida será enviada a los sindicatos y al Ministerio de trabajo.

  ¡FIRMA ESTA PETICIÓN PARA DECIR BASTA A ESTOS CONTRATOS EN     PRÁCTICAS!

Definición de sindicato:  agrupación de gente trabajadora que se une para defender los intereses financieros, profesionales y sociales de los trabajadores.

Se trata de organizaciones de espíritu democrático que se dedican a negociar con quienes dan empleo las condiciones de contratación.

¿por que no están luchando por esta injusticia? ¿los contratos de esclavos del siglo XXI? ¿donde están algunos sindicatos para defendernos? ¿solo tienes derechos si eres personal indefinido?

¿Seguro que piensas en un futuro laboral verdad? ¿el ansiado contrato indefinido?

Los contratos en prácticas se implantaron con la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.

                               “POR FAVOR LEA HASTA EL FINAL”

CON ESTA RECOGIDA DE FIRMAS PEDIMOS A LOS SINDICATOS LA            DENUNCIA  MASIVA DE LOS CONTRATOS EN PRÁCTICAS.

 (BIEN ES CIERTO QUE ALGUNOS SINDICATOS YA EMPEZARON A DENUNCIARLO EN ALGUNAS COMUNIDADES, GANANDO LA GRAN MAYORÍA DE ELLOS.)

Pero para los que no conozcan esta modalidad de contrato le vamos a explicar en breves pasos en qué consiste.

  • Este contrato podrá concertarse con quienes estén en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional.

(Lo cual si hacemos un paréntesis… pensad: Si en mi nómina o contrato pone que soy, conductor o ayudante de conductor)

¿cuál de estos dos es un título universitario, grado superior o medio?…
Ninguno ¿verdad? Pues este es el método que ya algunos sindicatos han utilizado para denunciar a las empresas fraudulentas que realizan estos contratos y les han dado la razón!!

  • No podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años. 
    El problema es, que muchos ya no llegan ni al año para ahorrar el 15% que incrementa la renovación del segundo año.

 

  • A la finalización del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba, computándose la duración de las prácticas a efectos de antigüedad en la empresa.

 

  • El salario  del trabajador será la el fijado en el convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60% o al 75% durante el primero o el segundo años de vigencia del contrato.

 

  • Ningún trabajador podrá ser contratado de nuevo con contrato en prácticas por distinta empresa transcurridos los dos años.

                     

                           Ventajas para las empresas ¡Si claro, cómo no!

 

  • Cuando el contrato se realice con un menor de 30 años o menor de 35 si tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%,se tendrá derecho a una reducción del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social. (Las pensiones las dejamos para otro día).
  • El Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre regula que, si el trabajador, estuviese realizando dichas prácticas no laborales, en el momento de la concertación del contrato de trabajo en prácticas, la reducción de cuotas será de 75%. ¡Todo un chollo!

¿Nos preguntamos por qué tenemos que tener dicho contrato si en nuestra     formación ya tenemos horas de prácticas?

El problema viene dado del abuso constante, disparatado y deshumanizado de esta modalidad de contrato donde ya en muchas empresas despidieron algunos trabajadores indefinidos para contratar prácticas al 60%.


(la mayoría de los trabajadores con contratos en prácticas cobran menos de 850€  al mes por 164 horas y tenemos en nuestro conocimiento que muchos compañeros hacen más de 230 horas al mes para poder cobrar un sueldo que les permita poder sobrevivir.)


Por lo tanto a día de hoy, las opciones que tenemos para acabar con este problema, anteriormente citado es:

Denunciamos a título personal, pero tienes el riesgo de acabar en la calle  o bien el comité sindical realiza la denuncia colectiva a la empresa dirigida a Inspección de Trabajo.

De este modo se verá que la empresa se está ahorrando contratar gente y los costes que con ello conlleva.


Solo por este hecho tenemos que tomarnos muy en serio, cuando hay elecciones sindicales a quien votamos y si confiamos en que nos vaya a representar como debe ser, para que no entremos en un abandono en algunas secciones sindicales como hasta ahora..


En el sector de los T.E.S, muchas empresas tienen más del 60% de los trabajadores en contrato en prácticas, pero no solo este contrato es utilizado en nuestro sector, también se utiliza en administración, laboratorios, comercio, en otros sectores de sanidad etc.

 

 Para que nadie pueda decir que no planteamos iniciativas estas son nuestras propuestas, aunque esta recogida de firmas va destinada a su erradicación con sensatez el contrato podría tener sentido.

 

  1. Si la empresa decide utilizar esta modalidad de contrato a la finalización del mismo tiene que hacer automáticamente al trabajador indefinido, no pudiendo despedir al trabajador salvo en el periodo de prueba (un mes) al inicio del contrato en prácticas o por causa justificada como regula el estatuto de los trabajadores.  
  2. NO cobrarán menos por su trabajo realizado, todas las ventajas serán en las cotizaciones.
  3. Solicitar a la administración que ofrezca a la empresa por la conversión de tipo de contrato en practicas actual a indefinido,con una bonificación extra como parte de buena fé, durante un periodo de 2-4 años.
  4. La empresa está obligada a impartir formación presencial a estos trabajadores.
  5. La empresa tendrá que enviar mensualmente las horas realizadas por dichos trabajadores a los órganos competentes para su control horario.

      Estos son los enlaces de algunas denuncias presentadas y publicaciones.

El juez ve «fraudulento» que Ambuibérica cubra empleos con contratos en prácticas

LA EMPRESA CONCESIONARIA DE LAS AMBULANCIAS, EXPEDIENTADA POR INSPECCIÓN DE TRABAJO

La plantilla de Ferrovial denuncia «irregularidades» en el servicio de ambulancias de La Rioja

USO denuncia «graves deficiencias» en el transporte sanitario de Cantabria