Se abre el proceso de Oposiciones al Summa 112 ,para el año 2021 de mas de 450 plazas para Técnicos de Emergencias Sanitarias
Con Fecha de JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021,el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID ha publicado RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría Técnico en Emergencias Sanitarias, del Servicio Madrileño de Salud.
Se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2018, cuyo artículo 9 regula la estabilización de empleo temporal, señalando su apartado 2 que las convocatorias de procesos selectivos de estabilización de empleo temporal se podrán realizar de forma conjunta de las correspondientes a los procesos selectivos de reposición.
En su Anexo I y Anexo III se incluyen las plazas correspondientes a la categoría estatutaria de Técnico en
Emergencias Sanitarias, de Instituciones Sanitarias de la Comunidad de Madrid, cuantificadas de la siguiente manera:
— 48 plazas correspondientes a la tasa de reposición.
— 411 plazas correspondientes a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal establecida en el artículo 19.Uno.6 de la Ley 3/2017
BASES GENERALES
A las pruebas selectivas objeto de la presente convocatoria les será de aplicación lo establecido en la Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueban las
bases generales y los baremos de méritos que han de regir las convocatorias de los procesos
selectivos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, derivados de las Ofertas
de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para los años 2018 y 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de junio de 2021), que pueden ser consultadas
en el siguiente enlace: https://www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutario-servicio-madrileno-salud
BASES ESPECÍFICAS
Primera
Normas generales
1.1. Se convocan pruebas selectivas para la cobertura de 481 plazas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias, Grupo C, Subgrupo C2, incluidas en las plantillas orgánicas de las Instituciones Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, para su provisión por el turno libre.
1.2. En aplicación de la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes ostenten la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y siempre que se cumplan los requisitos que a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se
reservan 34 plazas del total de las convocadas.
Segunda
Requisitos de los aspirantes
2.1. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas los aspirantes deberán reunir además de los requisitos establecidos en la base 4.1 de las bases generales, el siguiente
requisito:
— Estar en posesión del título de Formación Profesional de Técnico en Emergencias
Sanitarias, expedido por el Ministerio competente o estar en condiciones de obtenerlo, habiendo terminado la formación exigida para su obtención dentro del plazo de
presentación de solicitudes y estar en posesión del carné de conducir clase C.
En el caso de titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de, o en condiciones
de obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación de instancias.
2.2. Los aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad, además de
reunir los restantes requisitos establecidos en esta convocatoria, han de tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acreditarse en
los términos indicados en las bases generales.
Tercera
Solicitudes
3.1. Para la cumplimentación y presentación de las solicitudes a este proceso selectivo, se deberán seguir las indicaciones establecidas en la base quinta de las bases generales.
3.2. Las solicitudes se deberán cumplimentar exclusivamente por medios electrónicos, rellenando el formulario de este proceso, de acuerdo con las instrucciones que constan
en el mismo, al que se accederá siguiendo la secuencia que se indica a continuación:
www.comunidad.madrid/servicios/salud/pruebas-selectivas-tecnico-emergencias-sanitariassumma-112-2021, o a través de la página web de la Comunidad de Madrid www.comunidad.
madrid/servicios/administracion-electronica-punto-acceso-general
3.3. Las solicitudes se tramitarán y presentarán de forma telemática, adjuntándose en
el momento de su presentación, la documentación requerida que se haya de aportar de conformidad con la base quinta de las bases generales.
En el caso de que la solicitud se presente por medio de representante, deberá aportarse
el modelo “Autorización de presentación de solicitud” que se adjunta a esta convocatoria.
3.4. De conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en caso
de incidencia técnica que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos,
y hasta que se solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación
de los plazos no vencidos y publicará en la página web de la Comunidad de Madrid, tanto la
incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
3.5. Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente, se
requerirá al interesado para que la subsane a través de la presentación electrónica de la solicitud.
Cuarta
Tasa por derechos de examen
En lo relativo al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en la
base sexta de las bases generales.
Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la base
referida, para poder participar en estas pruebas selectivas se deberá liquidar, en la forma establecida en la misma, la tasa por derechos ordinarios de examen en pruebas selectivas de
personal estatutario para el Grupo C, Subgrupo C2, cuya cuantía es de 11,28 euros.
Para los aspirantes que sean miembros de familias numerosas de categoría general, la
cuantía de la tasa, es de 5,64 euros.
En el apartado “observaciones” del modelo 030 del pago de tasas, se deberá indicar:
Acceso a la categoría Técnico en Emergencias Sanitarias.
Pág. 94 JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021 B.O.C.M. Núm. 149
BOCM-20210624-15
BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Quinta
Adaptaciones de tiempo y/o medios
Las solicitudes de quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de la fase de oposición, así como su concesión o denegación por el Tribunal Calificador, se regirán por lo establecido en la base séptima de las bases generales.
Sexta
Admisión de aspirantes
La admisión a la realización de las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria se
atendrá a lo dispuesto en la base octava de las bases generales.
Séptima
Tribunal Calificador
El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será el designado por Resolución
de la Directora General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, debiéndose publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, con una antelación mínima de un mes al inicio de las pruebas selectivas, rigiéndose por lo establecido en la base novena de las bases generales.
Octava
Sistema de selección
Las pruebas selectivas objeto de esta convocatoria se desarrollarán conforme a lo establecido en la base décima de las bases generales.
El programa de temario se recoge en el Anexo I adjunto a esta Resolución.
En la fase de concurso será de aplicación el “baremo de méritos general para Técnico
de Emergencias, Grupo C, Subgrupo C2” publicado junto a las bases generales.
8.1. Fase de oposición:
a) La fase de oposición versará sobre las materias del temario que figura como
Anexo I de esta convocatoria.
b) La fase de oposición se compone de un ejercicio único que consistirá en la contestación por escrito en el plazo de 110 minutos de un cuestionario tipo test de 90 preguntas que estarán relacionadas con el contenido propio de la categoría y de 10
preguntas de reserva. Cada pregunta constará de cuatro respuestas alternativas
siendo únicamente una la correcta.
8.2. Fase de concurso:
El concurso consistirá en la valoración por el Tribunal de los méritos que acrediten los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes, con arreglo al “baremo de méritos general para Técnico de Emergencias, Grupo C, Subgrupo C2” publicado junto a las bases generales.
Novena
Resolución del concurso-oposición
La calificación final del proceso selectivo se obtendrá sumando la puntuación obtenida en la fase de oposición a la obtenida en la fase de concurso, ajustándose la Resolución
del concurso-oposición a lo dispuesto en la base undécima de las bases generales.
Décima
Documentación a aportar
En relación con la acreditación del cumplimiento de requisitos por los aspirantes que
hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en la base duodécima de las
bases generales.
B.O.C.M. Núm. 149 JUEVES 24 DE JUNIO DE 2021 Pág. 95
BOCM-20210624-15
BOCM BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Undécima
Nombramiento y toma de posesión
El nombramiento y toma de posesión de los aspirantes aprobados que hayan acreditado el cumplimiento de requisitos, se regirá por lo establecido en la base decimotercera de
las bases generales.
Duodécima
Norma final
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo
dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.
Deja una respuesta